El nuevo sistema de retribución vuelve a introducir recortes de calado para la tecnología termosolar, que no garantizan la ‘rentabilidad razonable’ contemplada por Ley y ahondan en el carácter retroactivo de la última reforma energética, según pone de relieve Protermosolar. La asociación indica que esta última reforma representa un 13% de recortes añadidos a la anterior situación, disminuyendo la rentabilidad de la termosolar en casi un 50%.
De la lectura del informe de la CNMC, publicado ayer, se desprende un nuevo recorte del 13% al sector termosolar que, sumado a las reducciones en su retribución acumuladas del 37% (medidas recogidas en la Ley 15/12 y en el RDL 2/13), sitúan próximo a un 50% el recorte a esta tecnología en los dos últimos años, frente a las condiciones establecidas en el RD 661/2007, en el momento de las inversiones, sobre las que se basaron los inversores para la promoción y construcción de centrales de energía termosolar en España.
Así lo asegura Protermosolar en un comunicado, en el que asegura que con la nueva metodología de cálculo, incluida en el informe de la CNMC, la rentabilidad de la termosolar no alcanza la establecida como ‘razonable’ por Ley y defendida en el desarrollo de la última reforma energética. Además, en el informe remitido por el regulador no se realiza ninguna comprobación relativa al cumplimiento de la rentabilidad razonable, de acuerdo a los parámetros considerados en el borrador de la OM.
Para Protermosolar, tal acumulación de medidas evidencia la total retroactividad de las nuevas condiciones de remuneración, que pueden llegar a calificarse de expropiatorias.
Cálculos no realistas
Protermosolar quiere poner otra vez de manifiesto que los costes de inversión y los costes de operación y mantenimiento que ha utilizado el Ministerio de Industria y Energía para calcular los valores aplicables, tanto a la inversión como a la explotación a las retribuciones, han sido claramente subestimados y están muy por debajo de los costes reales de la termosolar, extremo que la asociación destacó en su escrito de alegaciones y que otros agentes del sector han constatado, aportando informes auditados, sobre los que la CNMC ni se ha pronunciado ni ha considerado en su informe.
También se da la “grave circunstancia”, según la califica Protermosolar, de que la CMNC no ha aceptado las alegaciones en el caso de las centrales singulares, de las que no existe ningún otro baremo de comparación para la consideración de empresa eficiente y bien gestionada que la inversión realizada y auditada de las mismas. Asimismo, incluye para su análisis, en el Anexo II, tipos de centrales de potencia muy superior a la que tienen estas instalaciones de termosolar singulares en la realidad, lo que vuelve a distorsionar el cálculo.
“El nuevo sistema, lejos de facilitar que se cumpla lo establecido por la Ley respecto a la rentabilidad razonable, consolida la situación de acumulación inasumible de recortes respecto a las condiciones que motivaron la construcción de las centrales por parte de inversores nacionales y extranjeros, comprometiendo la viabilidad de la industria termosolar, en la que España es pionera, así como la financiación del sector”, concluye la asociación.
Fuente: Energías Renovables